La ley dispone la concesión de un bono extraordinario, por una sola vez en el invierno de 2022.
¿Quiénes son las personas beneficiadas?
¿Cuál es el monto del bono?
El bono será - en los casos de los números 2, 3 y 4 - de 120 mil pesos por cada una de las personas beneficiarias, aun cuando se encuentren en más de una de las categorías. Será de 120 mil pesos por cada beneficiado del SUF. Lo recibirá la persona beneficiaria a cuyas expensas viva el o la causante, con las mismas excepciones establecidas respecto del Sistema Único de Prestaciones Familiares y del subsidio familiar. En el caso de los beneficiarios del subsidio para las personas con discapacidad mental (número 5), el bono será de 120 mil pesos por cada persona que genere el beneficio, y se pagará por familia usuaria del subsistema “Seguridades y Oportunidades”. En los casos considerados en el número 6 (familias usuarias del subsistema “Seguridades y Oportunidades”) el bono será de 120 mil pesos por cada persona que genere el beneficio y se pagará por hogar del Registro Social de Hogares. Cada persona dará derecho a un solo bono, aun cuando el beneficiario o la beneficiaria respectiva se encuentre en más de una de las categorías.
¿Cuándo se paga?
El bono se paga en una sola cuota en el mes de agosto de 2022 por el Instituto de Previsión Social, excepto en el caso de los que cobraron el bono de invierno, quienes lo cobrarán en las mismas entidades en que cobraron ese beneficio.