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Bono ONP Reconocimiento: cómo acceder, requisitos y montos

Te brindamos los alcances de un nuevo subsidio ofrecido por el Estado peruano para los ciudadanos afectados por la crisis económica provocada por el Covid.

Bono ONP Reconocimiento: cómo acceder, requisitos y montos

El Estado peruano sigue ofreciendo subsidios a los ciudadanos que empiezan a recuperarse luego de la grave crisis económica provocada por la pandemia del Covid-19. La economía peruana fue una de las más golpeadas de la región, pero ya empieza a mostrar visos de crecimiento luego de más de un año de recesión, en el que se vieron afectados sobre todo los más pobres.

Esta vez, el Estado ofrece el Bono Reconocimiento ONP, pensado para las personas que dejaron Sistema Nacional de Pensiones para afiliarse al Sistema Privado de Pensiones. La AFP a la que se afiliaron estos contribuyentes será la entidad encargada de tramitar y realizar el pago de este subsidio, además de ponerse en contacto con la ONP.

¿Quiénes pueden acceder al Bono Reconocimiento?

Todas las personas que hayan pertenecido al Sistema Nacional de Pensiones y que hayan migrado a alguna AFP.

Requisitos de los cuatro tipos de Bono Reconocimiento

Bono 1992: haber estado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones con anterioridad al 6 de diciembre de 1992 y ya estar inscrito en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Que haya realizado aportes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al 06/12/82 y el 05/12/92.

Bono 1996: haber estado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones y luego al Sistema Privado desde el 06/11/96 hasta el 31/12/97. Ser aportante por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/87 y el 31/12/96.

Bono 2001: trabajadores que hayan estado afiliados al Sistema Nacional de Pensiones y luego haber hecho el traspaso al Sistema Privado de Pensiones. Que el aporte al SNO haya sido en un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/1992 y el 31/12/2001.

Bono 20530: según el Art. 9º del Decreto Legislativo 817, la Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a los afiliados a dicho régimen que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996.

¿Cuál es el monto del bono?

El máximo que se puede cobrar es 60 mil soles.