Cómo dar de baja mi RUC y dónde puedo hacerlo
Todo contribuyente con negocio tiene la capacidad de acceder a la Suspensión Temporal de Actividades o a la Baja de inscripción definitiva.
Todo contribuyente con negocio tiene la capacidad de acceder a la Suspensión Temporal de Actividades o de la Baja de inscripción definitiva. Ambas figuras requieren un trámite que puedes realizar de manera virtual a través de SUNAT Operaciones en Línea.
Suspensión Temporal de Actividades
Tiene una duración máxima de 12 meses. Si se vence dicho plazo y no se ha comunicado un reinicio de actividades, la SUNAT puede dar de baja definitiva el RUC.
Dicha Suspensión se puede realizar a través de SUNAT Operaciones en Línea, ingresando por la opción “Trámites y consultas”. Ubique la opción: Mi RUC y Otros Registros//Actualizo Información de mi RUC/ RUC/ Form. 3128 Modificación de Datos del RUC, elige la opción “Suspensión/reinicio de actividades”
Debe marcar la opción suspensión de actividades, indicando el último comprobante emitido o recibido.
Baja de inscripción definitiva
Puedes realizarla a través de SUNAT Operaciones en línea. Antes de realizarla debes solicitar la baja de las series de comprobantes de pago vinculados a tu RUC.
Solicita la baja de inscripción, a través de SUNAT operaciones en línea, ingresando a la opción “Trámites y consultas”. Ubique la opción: Mi RUC y Otros Registros/Actualizo Información de mi RUC/ RUC/ Form. 3128 Modificación de Datos del RUC, y elige la opción “Baja de Inscripción”.