SEMANA SANTA | PERÚ
Semana Santa en Perú: quién descansa el Jueves y Viernes Santo
La festividad cristiana es considerada como feriado no laborable en el Perú, aunque pueden darse algunas excepciones en ciertos campos.
De acuerdo con el Decreto Legislativo 713 – Ley de Descansos Remunerados, los días centrales de la Semana Santa -jueves y viernes- son feriados nacionales no laborables para trabajadores públicos y privados.
Sin embargo, los trabajadores del sector privado si pueden laburar en la fecha final de la Cuaresma siempre y cuando lleguen a un acuerdo con sus jefes. De ser así deberán recibir una triple remuneración diaria.
La otra opción es trabajar en el feriado Santos, pero con descanso sustitutorio posterior y con ello solo se percibe la remuneración normal. En el caso de aquellos que trabajen de manera remota pueden tomarse el descanso o acordar con el empleador la forma de laburo (triple remuneración o descanso posterior).
¿Cuánto deben pagar?
Los empleados que decidan trabajar durante la festividad cristiana, deberán recibir triple remuneración diaria.