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Retiro de fondos AFP: ¿cuánto me corresponde y cómo hacer la solicitud del procedimiento?

Aunque la SBS debe publicar el procedimiento específico, la norma ya fue publicada en El Peruano. Te traemos información sobre montos y plazos.

Retiro de fondos AFP: ¿cuánto me corresponde y cómo hacer la solicitud del procedimiento?

Una de las medidas que tomó el Ejecutivo para paliar la crisis económica provocada por la expansión del coronavirus consistió en que todos los aportantes al Sistema Privado de Pensiones (SPP) pudieran retirar hasta S/. 5.000 de sus fondos, sin importar la cantidad de dinero ingresada y su situación laboral actual.

El Parlamento, por su parte, consideró que lo planteado por el Gobierno era muy escaso -algo en lo que coincide la gran mayoría de la población- y, por el contrario, planteó que se pudiera retirar un mínimo de S/. 4.300 (a menos que la totalidad de los fondos sea menor que esa cifra) y un máximo de S/. 12.900.

Si bien el gobierno de Martín Vizcarra se mostró en contra del proyecto del Congreso, por considerarlo peligroso, básicamente porque los aportantes verán sus fondos de pensiones reducidos cuando estén ya jubilados, el Ejecutivo decidió no observar la norma y, por lo tanto, esta se volvió ley automáticamente.

La Serintendencia de Banca y Seguros (SBS) será la encargada de explicar al detalle cómo y cuándo se realizará el cobro de estos fondos, pero, hasta entonces, la ley indica unos detalles claros que explicaremos a continuación.

Plazos y montos para cobrar el 25% de mis fondos AFP

* El monto máximo de retiro será equivalente a tres UIT: S/. 12.900.

* La entrega se hará efectiva en dos partes:

1) El 50 % en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud.

2) El 50 % restante, a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso.

Cuánto podré cobrar de mi fondo de pensiones

* En caso haya un fondo acumulado igual o menor a una UIT (S/. 4.300), el retiro será del 100% del monto.

* La solicitud para el retiro del dinero se presentará ante la AFP a la que pertenezca el afiliado.

* Los afiliados que deseen acogerse a este retiro deben pedirlo máximo en un plazo de 60 días calendario.

* La SBS determinará el procedimiento para el cumplimiento de la norma en un plazo máximo de 15 días calendario después de publicada la ley.

Cómo y cuándo hacer la solicitud del procedimiento

El inicio para realizar todas las solicitudes empieza el próximo lunes 18 de mayo y deberás estar atento a toda la información que brindará la aseguradora sobre este tema. Cada una de ellas tendrá un calendario diferente.