CORONAVIRUS PERÚ

Coroanvirus Perú: requisitos para laborar si soy población de riesgo

Todas las personas de riesgo que quieran trabajar de forma presencial deberán pedir una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria

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Coroanvirus Perú: requisitos para laborar si soy población de riesgo

La crisis sanitaria por el coronavirus afecta más a determinadas personas dependiendo de la edad, el peso o los problemas de salud que tenían previamente. Desde que se conociera esta nueva enfermedad se empezó a saber que todas las personas que sufren obesidad, problemas respiratorios previos como puede ser el asma u otras enfermedades como cáncer, hipertensión o diabetes y todas las personas mayores de 65 años, son a los que más les afecta el COVID-19, ya que la tasa de letalidad es mayor, por lo que deben de tener más cuidado y precaución.

En Perú, como en gran parte del planeta, se advierte que cuando se pueda trabajar desde casa que se haga, pero en comparación con otros países más desarrollados como en Europa no es posible y los trabajadores tienen que acudir de manera presencial a sus puestos de trabajo.

Para evitar que las personas de riesgo puedan contagiarse en el entorno laboral, existen varios medios de seguridad para evitarlo que debe de cumplir la empresa, pero además, todas las personas que pertenezcan a un grupo de riesgo deberán presentar a la empresa una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria, en la que se hacen cargo de un posible contagio en el entorno laboral.

Para poder pedir esta declaración, los trabajadores lo tendrán que hacer, según una resolución ministerial presentada de manera oficial el 27 de mayo, de la siguiente manera: el trabajador tendrá que pedir esta declaración a la empresa que tendrá que ser validado previamente por el médico responsable de la vigilancia de la salud de dicha empresa, quien siguiendo criterios puramente médicos tendrá el poder de autorizar la labor presencial del trabajador siempre que no lo considere arriesgado

Una vez enviada la solicitud, la empresa tiene 48 horas para contestar a su empleado y si la respuesta fuera positiva, tendrá que asegurar que su lugar de trabajador cuenta con un espacio para trabajar con un bajo riesgo de contagio. El empresario tendrá el derecho de tener una copia de dicho informe por lo que pudiera pasar. Estos trámites se podrán hacer de manera presencias o a través de Internet, para evitar desplazamientos o contactos innecesarios. 

Con este sistema, tanto el médico encargado de dar luz verde a todas las personas de riesgo puedan trabajar de manera presencial y los propios trabajadores serán los responsables de posibles contagios en el entorno laboral, siempre que la empresa cuente con los sistemas de protección adecuados.