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CORONAVIRUS PERÚ

Bono Escolaridad 2021: cómo saber si lo cobraré y cuándo podrían llegar los 400 soles

El Estado ofrece un bono de 400 soles a determinados funcionarios del sector público. El Banco de la Nación ya publicó el cronograma de pagos.

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People are standing in line outside a bus terminal as Peru's capital Lima, and nine other regions, start a total lockdown at midnight until February 14, following an increase in coronavirus disease (COVID-19) cases, in Lima, Peru January 30, 2021. REUTERS/Sebastian Castaneda
SEBASTIAN CASTANEDAREUTERS

El Gobierno peruano presidido por Francisco Sagasti acordó la entrega del bono de escolaridad 2021 mediante la Ley 31084 para tratar de seguir luchando contra los nocivos efectos del coronavirus en el país.

Tal y como detalla la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, la ayuda será de 400 soles y será entregada en la planilla también en febrero.

¿Quiénes cobrarán el bono?

¿Cuáles son los requisitos?

Haz click aquí para conocer el cronograma de pagos publicado por el Banco de la Nación

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 y las leyes 29944 y 30512.
  • Docentes universitarios de la Ley 30220.
  • Personal de Salud del Decreto Legislativo 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los decretos leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
  • Trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
  • Servidores penitenciarios, conforme al numeral 1 del artículo 24 de la Ley de Carrera Especial Pública Penitenciaria.
  • Auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas.
  • Estar trabajando, o bien de vacaciones con contrato, en el momento que entró en vigor la norma.
  • Haber trabajado al menos tres meses desde que entró en vigor la norma. En caso de no ser así, se percibirá una suma proporcional a los días trabajados