CORONAVIRUS PERÚ

Coronavirus en Perú: cuáles son las multas por revelar la identidad de pacientes con Covid-19

El Ministerio de Justicia ha anunciado multas muy severas para las personas que revelen la identidad de pacientes infectados con COVID-19.

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LIM01. LIMA (PERÚ), 07/04/2020.- Trabajadores del ministerio de Salud toman muestras a domicilio para pruebas de coronavirus, este martes en Lima (Perú). El presidente de Perú, Martín Vizcarra, confirmó hoy 2954 casos de coronavirus en el país e informó que 1301 pacientes, que padecieron la enfermedad, fueron dados de alta y se encuentran completamente sanos. EFE/ Paolo Aguilar

En pleno estado de emergencia por la expansión del coronavirus en el Perú, el Ministerio de Justicia anunció que las personas que revelen la identidad de personas contagiadas con COVID-19 deberán pagarán fuertes multas económicas. El monto de estas va desde S/.21.500 a S/.215.000, dependiendo de dónde y cómo se haya revelado la información.

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) dio recomendaciones para evitar que se vaya a afectar la privacidad de los pacientes con coronavirus.

Agregó que el Covid-19, además de ser un problema de salud pública, también puede traer algún daño moral y psicológico al revelar información personal como nombre, dirección, fotografía, historial clínico, a través de los medios de comunicación o redes sociales, sin consentimiento del paciente.

Por último, la ANDP dejó claro que la única manera en que se puede revelar los datos sensibles de un paciente es a través de su consentimiento, el cual debe ser libre, previo, expreso, inequívoco e informado. Este consentimiento debe darse por escrito.

Según informa Andina, portal de noticias del Estado, "La ANPD refirió que los ciudadanos y ciudadanas que requieran más información sobre cómo proteger sus datos personales, pueden comunicarse al correo electrónico protegetusdatos@minjus.gob.pe y a la línea gratuita de consultas telefónicas: 2048020, anexo 1030".