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Bono 380 soles: requisitos y acceso a familiares de discapacitados y fallecidos
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social inició reasignación del subsidio a otro miembro del mismo hogar para casos de personas que no pueden cobrar.
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) ya inició la reasignación del subsidio monetario de 380 soles en los casos en que las personas a las que se le había asignado no pudieran acercarse a cobrar debido a condiciones que van desde algún tipo de discapacidad o fallecimiento hasta las que estén actualmente en prisión.
¿En qué situaciones se puede cobrar el bono de 380 soles?
En ese sentido, para los casos de personas fallecidas, con algún tipo de discapacidad o que estén privadas de su libertad por mandato judicial y que figuraban como beneficiarias del bono, luego de ingresar al portal web yomequedoencasa.pe, aparecerá el siguiente mensaje: “Disculpe la molestia. Estamos trabajando para facilitar el acceso al subsidio a otro miembro de su hogar en condiciones de cobrar”.
En muchos casos enmarcados en las situaciones descritas se generó en un primer momento un mensaje que señalaba que eran beneficiarios del subsidio y, posteriormente, por motivos de esta reasignación, a muchos le aparecía el mensaje que señalaba no serlo.
En estos casos, se debe recordar que el subsidio es por hogar, por lo que la reasignación se realizará a un miembro del hogar mayor de 18 años que esté en condiciones de acercarse a las agencias bancarias a cobrarlo.
¿Cómo se está realizando este trámite?
Asimismo, la reasignación del subsidio se viene realizando usando las fuentes de información del Midis y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), institución que ha facilitado el trámite a través de la generación, de manera ‘on line’, de actas de defunción correspondientes a certificados de fallecimiento que no cuentan con asientos registrales.