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Retiro del 25% de AFP: ¿en qué casos me pueden retener una parte del cobro?

A pesar de que los fondos retirados tienen condición de intangibilidad, hay algunas excepciones por las cuales el estado podría retener parte del cobro.

Retiro del 25% de AFP: ¿en qué casos me pueden retener una parte del cobro?

El Gobierno aprobó que los pensionistas pudiesen retirar hasta un 25% de la AFP. Al ser uno de los grupos más vulnerables a la pandemia, la idea es que el impacto económico sea el menor posible. Miles de personas acudieron a los distintos cajeros a realizar sus extracciones, aunque desde las instituciones recomendaron no realizarlo excepto en casos de extrema necesidad.

Además, también se aprobó que los fondos retirados tengan condición de intangilibidad. Esto quiere decir que no pueden ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa. Sin embargo, hay ciertas excepciones.

¿En qué casos pueden retenerme parte del cobro?

La ley también indica que la intangibilidad no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de un 30%. Esto quiere decir que, en uno de esos casos, el estado podría quedarse con parte del cobro para pagar la deuda.

Son pocos los casos en los que esto se aplica. Sin embargo, habrá pensionistas que deberán tenerlo en cuenta a la hora de retirar su 25%. Es una de las diferentes ayudas que ha creado el estado para aliviar el golpe económico en las familias durante la pandemia.