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Cómo calcular mis impuestos de la renta del SUNAT de Perú
Si eres trabajador que se encuentra en planilla, tu empleador retendrá una parte de tu remuneración por concepto del impuesto a la renta de quinta categoría.
Para calcular tus impuestos en la SUNAT, sólo debes seguir los pasos que te presentaremos a continuación, según la propia institución. Te explicaremos cuál es el proceso y cuánto deberías pagar según lo que ganas y el tiempo que llevas laborando.
Calcula tus impuestos siguiendo estos pasos
El procedimiento que realizará tu empleador para determinar la retención mensual es el siguiente:
PASO 1: Proyecte los ingresos gravados que percibirá en todo el año.
Para esto la remuneración mensual (incluidos los conceptos remunerativos ordinarios) se multiplica por el número de meses que falta para terminar el ejercicio gravable, incluido el mes al que corresponda la retención.
Al resultado se le suma lo siguiente:
* Las gratificaciones ordinarias (Navidad, Fiestas Patrias y otras), que correspondan al ejercicio (percibidas y por percibir).
* Las remuneraciones y demás conceptos que hubieran sido puestas a disposición del trabajadoren los meses anteriores del mismo ejercicio (pagos extraordinarios, gratificaciones extraordinarias, participaciones, reintegros, horas extras, entre otros).
A este resultado se le denomina Remuneración Bruta Anual.
PASO 2: Deducción de 7 UIT.
De la remuneración bruta anual determinado en el “paso 1”, deduces un monto fijo, por todo concepto, equivalente a 7 UIT (el valor de la UIT es S/ 4,300 para el ejercicio 2020).
Si la "Remuneración Bruta Anual" no supera las 7 UIT entonces no estará sujeto a retención.
Esto quiere decir que para el ejercicio 2020, aquel trabajador que perciben 12 remuneraciones más 2 gratificaciones en el año por el importe de hasta S/ 2100 soles cada una, no estará sujeto a retenciones por sus rentas de quinta categoría al no superar en el año las 7 UIT (S/ 30,100) salvo que perciba en el transcurso del año algún ingreso adicional gravado con rentas de quinta categoría que le haga superar las 7 UIT.
PASO 3: Cálculo del impuesto anual proyectado.
De la remuneración neta anual obtenida en el “paso 2”, a efectos de obtener el impuesto anual proyectado, se deberá aplicar las siguientes tasas:
* Hasta 5 UIT: 8%
* Más de 5 UIT hasta 20 UIT: 14%
* Más de 20 UIT hasta 35 UIT: 17%
* Más de 35 UIT hasta 45 UIT: 20%
* Más de 45 UIT: 30%
PASO 4: Monto de la retención.
Finalmente, para obtener el monto que debes retener cada mes, deberás dividir el impuesto anual proyectado de acuerdo a lo siguiente:
* En los meses de enero a marzo, el impuesto anual se divide entre doce.
* En el mes de abril, al impuesto anual se le deducen las retenciones efectuadas de enero a marzo. El resultado se divide entre 9.
* En los meses de mayo a julio, al impuesto anual se le deducen las retenciones efectuadas en los meses de enero a abril. El resultado se divide entre 8.
* En el mes de agosto, al impuesto anual se le deducen las retenciones efectuadas en los meses de enero a julio. El resultado se divide entre 5.
* En los meses de setiembre a noviembre, al impuesto anual se le deducen las retenciones efectuadas en los meses de enero a agosto. El resultado se divide entre 4.
* En el mes de diciembre, con motivo de la regularización anual, al impuesto anual se le deducirá las retenciones efectuadas en los meses de enero a noviembre del mismo ejercicio.