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ELECCIONES PERÚ

Elecciones Perú 2021: ¿cuál es el plazo para solicitar la exclusión de mi cargo de miembro de Mesa?

Según la ley N° 26859, el cargo de miembro de mesa es irrenunciable, pero hay algunos supuestos en los que puedes presentar tu excusa.

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Elecciones Perú 2021: ¿cuál es el plazo para solicitar la exclusión de mi cargo de miembro de Mesa?
ANDINA

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Si has sido elegido como miembro de mesa, la ley N° 26859 indica que no puedes renunciar al nombramiento a menos que cumplas con algunos supuestos. Si no has podido tramitar tu exclusión antes de las elecciones, lo puedes hacer hasta cinco días hábiles después de las mismas; esto es, en la semana del 12 al 16 de abril, ya que las elecciones presidenciales y para el parlamento se llevarán a cabo el 11 de abril

Supuestos en los que puedes presentar excusa

  • Si necesitas ausentarte del territorio de la República.
  • Si eres cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos) o afinidad (suegros, yernos, nueros, cuñados, padrastos y hermanastros) de otro miembro en tu misma mesa. En ese caso, puedes presentar la Excusa si saliste sorteado en el cargo de menor jerarquía. Por ejemplo, si te tocó ser secretario de mesa y a un hermano tuyo ser presidente, tú serás el que podrá presentar la Excusa.
  • Si te encuentras temporalmente ausente de la República, de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
  • Si eres un miembro en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realiza actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales.
  • Si eres un miembro del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
  • Si eres funcionario o empleado de los organismos que conforman el Sistema Electoral peruano (ONPE y JNE).
  • Si eres un miembro del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realiza funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
  • Si eres un funcionario de la Defensoría del Pueblo que realiza supervisión electoral.
  • Si eres una autoridad política.
  • Si eres un ciudadano mayor de 70 años.
  • Si eres una autoridad o representante proveniente de elección popular.
  • Tener notorio o grave impedimento físico o mental.
  • Si eres madre gestante.
  • Si eres madre lactante.
  • Si eres población vulnerable frente a la Covid-19. Están considerados:
  • Mayores de 65 años.
  • Personas con hipertensión arterial.
  • Personas con diabetes.
  • Personas con obesidad de IMC mayor o igual a 40 y tienen enfermedades cardiovasculares.
  • Personas con una enfermedad pulmonar crónica.
  • Personas con cáncer.
  • Personas en un estado de inmunodepresión establecido por una autoridad sanitaria.
  • Mujeres embarazadas o madres lactantes.