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Retiro de AFP: ¿puede el banco quedarse parte del pago?
Desde esta semana, los aportantes pueden retirar hasta el 25% de sus fondos AFP, siempre y cuando el monto no exceda los S/.12.900.
Millones de peruanos ya se han inscrito para retirar hasta el 25% de sus fondos ahorrados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). La ley indica que el monto máximo a retirar es de S/.12.900 o un máximo del 25% de la totalidad de los fondos. El mínimo es de S/.4.300, y, siempre y cuando el mondo total sea igual o menor a esa cifra, se podrá retirar la totalidad.
La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) ya publicó el reglamento y el cronograma para el retiro de los fondos AFP. La SBS indicó que solo los retiros que se efectúen a través de las modalidades dispuestas por el Ejecutivo mantienen su condición de intangibilidad. Sin embargo, el retiro del 25% de las AFP que se deposite en las cuentas creadas mediante no será objeto de embargos o cobro de deudas
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En ese sentido, la SBS informó que los bancos u otras entidades del sistema financiero podrán cobrar automáticamente los pagos pendientes por deudas si el aportante deposita el retiro del 25% de los fondos de las AFP en algunas cuentas bancarias.
“La cuenta de aportes obligatorios que administran las AFP tiene condición de intangible por Ley, ya que su destino es brindar protección al momento de la jubilación. Sin embargo, cuando se opta por la libre disponibilidad y se retira de la cuenta individual, pierde dicha protección”, señaló, en un comunicado, la SBS.