CORONAVIRUS PERÚ

Coronavirus Perú: ¿pueden despedirme cuando termine la cuarentena?

El temor de muchos trabajadores del Perú es si pueden ser despedidos una vez termine la cuarentena. Te contamos bajo qué condiciones se produce el despido.

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Workers weld a coffin at a factory at Juan de Lurigancho district in Lima, on June 3, 2020 amid the COVID-19 coronavirus pandemic. - While the Peruvian economy has been semi-paralyzed for 80 days due to the pandemic, coffin maker Genaro Cabrera has quadrupled his sales. (Photo by Ernesto BENAVIDES / AFP)

El parón de actividades provocado por el avance del coronavirus en el país, ha ocasionado una grave crisis y ha obligado a muchos comercios y empresas a tomar medidas drásticas con sus empleados. Despidos, rebajas de salarios, mayor cantidad de horas de trabajo, teletrabajo... La pandemia origina un problema económico que tiene en vilo a miles de trabajadores en todo el Perú.

Una de las medidas más utilizadas por las empresas durante el estado de emergencia sanitaria que se declaró el pasado 15 de marzo fue la suspensión perfecta de labores por fuerza mayor. Esta medida consiste en la suspensión de las relaciones de trabajo, sin obligación de pago de remuneraciones por parte del empleador ni de presar servicios por parte del trabajador por un máximo de 90 días.

Pero la gran pregunta que se hacen los ciudadanos es si les pueden despedir cuando termine la cuarentena y bajo qué condiciones se lleva a cabo el despido. Hay varios mecanismos para llevar a cabo la reducción de personal en una empresa: el cese por vencimiento de contrato de trabajos temporales o sujetos a modalidad, la celebración de acuerdos individuales con los trabajadores para pactar la terminación, la aplicación de planes de incentivos a fin de que los trabajadores opten por terminar dicha relación o el cese colectivo, que conlleva el cese de trabajo de mínimo el 10% de la empresa.

De todos estos mecanismos, el único que requiere aprobación del MTPE es el cese colectivo. Este debe ejecutarse a través de una solicitud al Ministerio de Trabajo y se tiene que configurar como justificación un motivo que esté de acuerdo con la Ley de Productividad y Competitividad, como la existencia de motivos económicos o estructurales. Como es una medida que implica un despido masico, el MTPE evaluará el caso y concluirá si el cese colectivo es la única forma para garantizar la continuidad del negocio.

En el caso de las indemnizaciones por despido hay varias opciones. Si el empleador no renueva contratos de trabajos temporales, no tiene la obligación de pago de indemnización por despido arbitrario. Pero si en el contrato de trabajo temporal no está debidamente justificado una causa que sustente la temporalidad de los contratos, los trabajadores cesados podrían reclamar judicialmente el pago de la indemnización por despido arbitrario o la reposición.

Si la relación de trabajo termina por mutuo acuerdo o a través de incentivos, en el mismo acuerdo se debe establecer el costo de la desvinculación.

Si termina por cese colectivo, el empleador no se encontraría obligado al pago de la indemnización por despido arbitrario, siempre que el procedimiento haya sido aprobado por resolución definitiva del MTPE. Si la entidad no lo aprueba, los trabajadores tendrían que reintegrarse a laborar. Y también, el empleador tendría que reintegrar las remuneraciones cuyo pago se suspendió.