SUNAT: link al formulario virtual y cómo acceder para aplazar o fraccionar deudas
La Superintendencia ha aprobado la fórmula que permite a los ciudadanos solventar todas sus deudas tributarias con relación a ingresos del Tesoro Público.
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Ante los problemas derivados de la crisis del coronavirus y el decreto de la cuarentena focalizada en siete de los departamentos del país, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha aprobado el trámite y sus disposiciones que permiten el aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias a resolver a través de Internet.
Estos pagos corresponden a los ingresos que debe recaudar el Tesoro Público. El plazo de presentación de la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento se extiende de esta manera desde este mes de julio hasta el 30 de septiembre incluido, y deberán rellenar el Formulario Virtual N° 1704 a través del enlace del SUNAT que estará habilitado a partir del próximo miércoles 8 de este mes. El periodo de ese aplazamiento del pago puede ir hasta los seis meses y el fraccionamiento del mismo, hasta los 36 meses con un interés mensual del 0,4%.
Inscripción en el RUC y Declaración mensual marzo-abril del IGV-Renta
Estos dos son los primeros requisitos y los principales para poder acceder tanto al aplazamiento como a una posible división de los pagos. Todos los contribuyentes deben estar inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y haber presentado todos los papeles y solucionado los trámites relacionados con la declaración del IGV-Renta en los meses de marzo y abril.
Los contribuyentes condenados por delito tributario y aduanero, y aquellos que tienen un saldo mayor del 5% en la cuenta de detracciones, no podrán acogerse a esta medida del SUNAT.