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¿Cuál es la multa por no pagar la ONP a tiempo?
La SUNAT establece una serie de multas por no pagar la retención del aporte a la Oficina de Normalizació Previsional a tiempo.
El numeral 4 del artículo 178 del Código Tributario señala que constituye infracción relacionada con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el no pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos.
a) Configuración de la Infracción
La presente infracción se configura en el momento en el cual, el agente de retención, en el presente caso, el empleador, efectuó la retención y no cumplió con pagar o la pago fuera de plazos establecidos por la Administración.
b) Determinación de la Sanción
Según las Tablas de Infracciones y Sanciones Tributarias del Código Tributario, la sanción por no pagar la retención dentro de los plazos establecidos, es el 50% del tributo no pagado (Tabla I, Tabla II y Tabla III)
Es preciso señalar que de acuerdo con las Notas a las Tablas del Código Tributario, la multa no podrá ser menor al 5% de la UIT
Artículo 178, numeral 4: No pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos. | |||
Tabla I | Tabla II | ||
Renta de Tercera Categoría | Régimen Especial | ||
y Régimen Mype Tributario | y Renta de Cuarta Categoría | ||
50% del tributo no pagado | 50% del tributo no pagado | ||