Vacancia a Martín Vizcarra: qué dice el artículo 115 de la constitución
La Vacancia a Martín Vizcarra viene marcada en el artículo 115 de la Constitución peruana. Te contamos qué dice exactamente el artículo de la carta magna.
Impedimento temporal o permanente del ejercicio de la Presidencia
Cuando el Presidente de la República sale del territorio nacional, el Primer Vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el Segundo Vicepresidente. (*)