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CORONAVIRUS PERÚ

Nuevo retiro AFP: ¿Quiénes pueden acceder, de cuánto es y cuándo se podrá retirar?

El proyecto obtuvo 84 votos a favor en una última sesión plenaria y se entregará en tres armadas cada 30 días calendario. La ley beneficiará a casi seis millones de personas afectadas por la pandemia.

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Nuevo retiro AFP: ¿Quiénes pueden acceder, de cuánto es y cuándo se podrá retirar?
Andina

El pleno del Congreso de la República ha aprobado el proyecto de ley que autoriza el retiro de hasta S/17.600 de los fondos de pensiones de los afiliados. Sin embargo, los congresistas realizaron cambios al plan presentado por la Comisión de Economía para luego darle luz verde como predictamen.

La iniciativa legislativa, que obtuvo 84 votos a favor, 6 en contra y 13 abstenciones, beneficia a todos aquellos que se encuentren afiliados a las AFP, menos las personas que tienen acceso al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.

La medida, ahora, pasará a una estricta evaluación y análisis por el Ejecutivo para su posterior promulgación. De aprobarse, las solicitudes se podrán presentar dentro de los 90 días a la vigencia del reglamento de la ley. Cabe precisar que este proyecto es el quinto que se ha impulsado desde que se desencadenó la pandemia por la COVID-19.

El monto está estipulado que se reparta será en tres partes cada 30 días calendario, eso significa hasta 1 UIT mensualmente. Después del primer retiro, cada UIT sería abonada cada 30 días hasta la última entrega reglamentada.

En esa misma línea, si el afiliado se encuentra sujeto a una pensión alimentaria y opta por no retirar sus fondos, los beneficiarios de la misma están en el derecho a solicitar el desembolso de los fondos en un 30% como máximo.

En el marco de un análisis, la Asociación de AFPs ha estimado que la medida significaría que se desembolsen S/45.000 millones adicionales del sistema y el de jubilación anticipada, otros S/23. 000 millones.

CRONOGRAMA DEL RETIRO:

-PRIMER RETIRO DE HASTA 1 UIT: Dentro de un plazo de máximo 30 días calendario, registrados desde el primer día después de presentada la solicitud ante las AFP's.

-SEGUNDO RETIRO DE HASTA 1 UIT: Dentro de un plazo de máximo de 30 días calendario, registrados desde el día despuúes de realizado el primer desembolso por la AFP.

-TERCER RETIRO DE HASTA 1 UIT: Dentro de un plazo de máximo 30 días calendario, registrados desde el día siguiente de realizado el segundo desembolso por la AFP.