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Cambio de apellidos en Perú: desde cuándo entrará en vigor y quién lo decidirá
El Tribunal Constitucional ha dado un fallo histórico que beneficia a los hijos que deseen invertir el orden de los apellidos.
A partir de la fecha los hijos podrán llevar, siempre y cuando los progenitores estén de acuerdo, primero el apellido de la madre y después el del padre. La decisión fue tomada por el Tribunal Constitucional.
"TC declara inconstitucional el sentido interpretativo del artículo 20° del Código Civil por el cual se estable un orden de prelación en los apellidos asignados al hijo”, se lee en la cuenta oficial de Twitter de la institución.
El motivo
La sentencia nace a raíz de un caso que tiene lugar hace más de veinte años. Por ese entonces, la ciudadana Marcelina Rudas Valer dio a luz una niña concebida junto al señor Nivaldo Guedes Da Rocha.
El sujeto en mención no quiso reconocer a la niña, por lo que la madre decidió registrarla con sus apellidos. No obstante, años más tarde, a partir de un reconocimiento de paternidad, se agregó al acta de nacimiento de la menor el apellido de su padre después que el apellido de su madre.
Cuando la joven alcanzó la mayoría de edad y fue a reclamar su Documento Nacional de Identidad (DNI), la RENIEC le pidió ordenar sus datos para que pudieran extenderle su identificación. Ella consideró la solicitud como un atropello y acudió al Poder Judicial y luego el caso llegó al TC.
En aquella instancia dieron como fundada la demanda de la joven Jhojana Rudas Guedes y se exhortó al al Congreso de la República para que modifique el artículo 20 del Código Civil.