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Segundo cronograma del retiro de AFP: cuándo empieza, y dónde podré solicitarlo

Los afiliados de las AFP pueden acceder a S/ 17,600 de sus fondos previsionales. Conoce aquí todos los detalles para formular la solicitud de retiro.

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Segundo cronograma del retiro de AFP: cuándo empieza, y dónde podré solicitarlo
SEBASTIAN CASTANEDAREUTERS

Los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) pueden realizar la presentación de la solicitud para acceder al retiro de hasta 4 UIT, que equivale a una suma de dinero de S/ 17,600, de sus fondos previsionales. El trámite se debe realizar a través de la plataforma virtual habilitada por las AFP.

Pero el retiro de dinero no podrá ser en cualquier entidad financiera ya que las AFP han establecido solo unas en específico.

Para enviar su solicitud se realizará a través de www.consultaretiroafp.pe, siguiendo siempre las siguientes condiciones:

• Si tu DNI termina en 0, letra o 1, podrás solicitar el retiro el 24 o 25 de junio

• Si tu DNI termina en 2 o 3, podrás solicitar el retiro el 28 o 30 de junio

• Si tu DNI termina en 4 o 5, podrás solicitar el retiro el 1 o 2 de julio

• Si tu DNI termina en 6 o 7, podrás solicitar el retiro el 5 o 6 de julio

• Si tu DNI termina en 8 o 9, podrás solicitar el retiro el 7 o 8 de julio

 ¿En qué bancos podría recibir mi dinero tras solicitar el retiro de AFP?

• BBVA

• BCP

• Interbank

• Scotiabank

• BanBif

• Banco de Comercio

• Banco GNB

• Banco Ripley

• Caja Huancayo

• Caja Sullana

¿Cómo y cuándo entregarán las AFP hasta S/ 17,600?

• Primer desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,400): En un plazo máximo de 30 días calendario computados desde presentada la solicitud ante la AFP.

• Segundo desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,400): En un plazo máximo de 30 días calendario computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP

• Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT (S/ 8,800): En un plazo máximo de 30 días calendario computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.

Solamente los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán realizar la solicitud. Sin embargo, no podrán efectuar este trámite aquellos que califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA).

Además, se informó que los fondos retirados mantienen su condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

Si en el tiempo que oficialmente quedaste sin empleo, pero tuviste ingresos de cuarta categoría, es decir, como trabajador independiente, estos no pueden haber sido superiores a 7 UIT o S/ 30,800.