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Retiro AFP 25%: ¿pueden cobrarse deudas de mi fondo?
Si bien en un inicio el Congreso no contempló esta posibilidad, luego estableció algunas excepciones al cobro de deudas del retiro de fondos AFP.
La Superintendencia de Banca y Seguros indicó que solo los retiros que se efectúen a través de las modalidades dispuestas por el Ejecutivo mantienen su condición de intangibilidad. Sin embargo, el retiro del 25% de las AFP que se deposite en las cuentas creadas mediante no será objeto de embargos o cobro de deudas
En ese sentido, la SBS informó que los bancos u otras entidades del sistema financiero podrán cobrar automáticamente los pagos pendientes por deudas si el aportante deposita el retiro del 25% de los fondos de las AFP en algunas cuentas bancarias.
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“La cuenta de aportes obligatorios que administran las AFP tiene condición de intangible por Ley, ya que su destino es brindar protección al momento de la jubilación. Sin embargo, cuando se opta por la libre disponibilidad y se retira de la cuenta individual, pierde dicha protección”, señaló, en un comunicado, la SBS.
Las únicas deudas que podrán cobrarse son las deudas por alimentos: solo se cobrarán las deudas por alimentación que mantenga el beneficiario, y con un tope del 30% del monto a retirar, informó la Asociación de AFP.