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Fiestas Patrias: ¿cómo será la remuneración para los que laboren el 28 de julio?
Como consecuencia de las fiestas patrias, aquellos trabajadores que laboren el martes 28 de julio tendrán derecho a dos días adicionales en la paga de fin de mes.
Como consecuencia de las fiestas patrias, aquellos trabajadores que laboren el martes 28 de julio sin un sustituto tendrán derechos a dos días adicionales en la paga de fin de mes. El pago será el equivalente al doble de lo percibido en un día, según la legislación laboral.
El trabajador ya sabe que la ley le ampara, aunque las empresas buscan soluciones de todo tipo para compensarles. Una opción consistiría en compensarles con un día de descanso en otro día laborable, evitando así el pago doble adicional.